Resumen: La sentencia desestima el recurso de apelación de la entidad financiera contra la sentencia de instancia estimatoria de la pretensión actora. En primer lugar rechaza el argumento de la imposibilidad de reclamar al estar cancelado el contrato con base en la Jurisprudencia que establece que la acción de restitución se inicia desde la consumación del contrato. Se aborda igualmente el Plazo de ejercicio de la acción de restitución anudada a la acción de nulidad, decantándose, tras un exhaustivo análisis de la Jurisprudencia más reciente por no considerar prescrita la acción en ninguna de las hipótesis planteables. Finalmente al entender que hubo estimación integra se confirma igualmente la imposición de costas.